Los ETF (Exchanged Traded Funds) son una excelente alternativa a los fondos de inversión tradicionales: replican pasiva y fielmente un índice de referencia (el subyacente), son significativamente más baratos y pueden negociarse diariamente durante las horas de apertura de la bolsa de valores correspondiente.
En caso de quiebra del emisor, los ETF no entran en la masa de quiebra. Se consideran activos separados y, por tanto, siguen siendo propiedad del inversor (a diferencia, por ejemplo, de los productos estructurados).
Los ETF permiten invertir de forma diversificada en países o temáticas para los que el inversor no tiene los conocimientos, el tiempo o los medios financieros necesarios para realizar la selección de valores.
Por mi parte, invierto directamente en acciones suizas que selecciono, pero encuentro que los ETF representan una alternativa válida si se desea, por ejemplo, invertir en el mercado chino o en un tema complejo como la robótica.
Fiscalidad de los ETF
“El verdadero objetivo de cualquier inversor a largo plazo es el máximo rendimiento real total después de impuestos” (John Templeton).
Al igual que con las acciones, los activos invertidos en ETF están sujetos al impuesto sobre el patrimonio, pero las ganancias de capital están exentas de impuestos.
Elemento menos conocido: Los ingresos de un ETF (dividendos o intereses) están sujetos al impuesto sobre la renta, independientemente de si se distribuyen o se reinvierten (acaparan).
El domicilio de un ETF es un factor determinante para su tributación. Así, los dividendos distribuidos por un ETF domiciliado en Suiza están sujetos a retención en origen 35% (exactamente de la misma manera que los dividendos de acciones suizas).
Debe entenderse que ¡¡¡Es el domicilio fiscal del ETF y no el mercado en el que cotizan las acciones replicadas en el fondo lo que es decisivo para su fiscalidad!!! Si compra, por ejemplo, un ETF domiciliado en Suiza que invierte en acciones estadounidenses, sus dividendos (distribuidos o almacenados) estarán sujetos a la retención en origen suiza.
De lo contrario, Los ETF domiciliados en Irlanda y Luxemburgo (muy comunes en Suiza) no están sujetos a retención en origen... cuidado, aquí es donde la cosa se complica un poco... ¡a menos que inviertan en valores suizos! ¿Para qué? Porque la ETF debe pagar retenciones en origen, al igual que un inversor privado. En el caso de un ETF irlandés que invierte en acciones suizas, la retención en origen no se puede reembolsar al inversor y se pierde definitivamente.
Donde se pone interesante es para ETF irlandeses y luxemburgueses que invierten en valores extranjeros. En este caso, el inversor suizo no pagará retención en origen sobre sus ingresos... pero el ETF sí... Lo sé, es un poco complicado, así que pongamos un ejemplo:
Un inversor suizo que compre directamente acciones estadounidenses tendrá una retención de 30% sobre sus dividendos, de los cuales 15% son reembolsables. Si compra un ETF irlandés que invierte en acciones estadounidenses, su dividendo sólo estará sujeto a impuestos a 15% (no reembolsable). Este importe se calcula de la siguiente manera:
- para el inversor privado: 0% retención en origen irlandesa
- para el fondo: 15% retenidos por las autoridades fiscales americanas.
En resumen
- Aconsejo a los inversores suizos que no inviertan en ETF domiciliados en países distintos de Suiza, Irlanda y Luxemburgo. Los ETF domiciliados en EE. UU., por ejemplo, retienen 30% de las distribuciones, los de Alemania, 28%.
- Un inversor suizo tiene interés en invertir en el mercado suizo a través de un ETF domiciliado en Suiza. (estará sujeto a una retención en origen de 35%, pero podrá solicitar el reembolso en su declaración de impuestos).
- Un inversor suizo tiene interés en invertir en mercados extranjeros a través de un ETF domiciliado en Irlanda o Luxemburgo. (por ejemplo, podrá invertir en acciones estadounidenses sin estar sujeto a retención en origen, lo que no ocurre si el ETF estaba domiciliado en Suiza).
Conclusión
Tener en cuenta el domicilio fiscal de un ETF a la hora de elegirlo permite invertir en mercados extranjeros evitando retenciones en origen.
Esta pequeña estratagema financiera es perfectamente legal y beneficia tanto al inversor en fase de acumulación como al que vive de sus ingresos pasivos: el primero podrá reinvertir todos sus dividendos sin tener que esperar a que le devuelvan la retención en origen (. aproximadamente un año después); el segundo agradecerá recibir inmediatamente todos sus ingresos pasivos para financiar su estilo de vida.
Descargo de responsabilidad: Este artículo está inspirado en parte en el libro “Invertir según reglas fijas con ETF y acciones” de VZ, edición de 2019.
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Gracias Divinde por este aporte.
Yo añadiría que si seleccionamos nuestros ETF a través de las pasarelas de intermediarios financieros como iShares por ejemplo, nos evitamos esta preocupación ya que nos pregunta dónde residimos y automáticamente nos ofrece los fondos con los domicilios fiscales correctos en función de los activos subyacentes. (Suiza o Irlanda en nuestro caso). Si no me equivoco, en la UBS y en el CS pasa lo mismo.
Otra aclaración, indicas que los ETF domiciliados en USA tributan a 30%, los de Alemania a 28%. No tengo ningún ETF de estos países en mis cuentas suizas, pero en mi opinión, en el caso de las acciones, la mitad se puede recuperar durante la tributación anual. Por otro lado, esto sólo es válido para ETF de estos países que estén en cuentas suizas (y no conozco muchos domiciliados en estos países que puedan realizarse transacciones a través de una institución financiera suiza). Si tiene una cuenta en el extranjero, por ejemplo en los EE. UU., solo existe la retención estadounidense de 15%, como ocurre con las acciones. En última instancia, no cambia mucho porque todavía tendrás que declararlos a las autoridades fiscales suizas y pagar impuestos como ingresos.
Estoy de acuerdo con Luxemburgo e Irlanda, pero no creo que las cifras sean correctas para Estados Unidos. Al contrario, creo que los ETF en EE.UU. son más ventajosos que otros.
Gracias al tratado fiscal con Estados Unidos, podemos reducir la retención a 15% con el formulario W8-BEN que debería estar disponible en los brokers. Además de esto, los 15% restantes se pueden recuperar de impuestos con un formulario DA-1.
Personalmente creo que los ETF de EE.UU. son los más ventajosos, seguidos de los de Irlanda.
Gracias Jérôme y The Poor Swiss por su información adicional.
@Jerónimo:
No conocía los intermediarios financieros que ofrecen ETF con el domicilio fiscal correcto en función del subyacente, ¡es realmente práctico!
En el caso de los ETF domiciliados en Alemania o EE. UU., me refiero desde el punto de vista de un inversor suizo que los compra en una cuenta suiza (puede que no haya sido muy claro al respecto). La retención en origen es efectivamente recuperable, pero mi artículo realmente habla del problema de la retención en origen y no de los impuestos en general (ver la conclusión).
@Los pobres suizos:
Soy cauteloso con su comentario sobre los ETF domiciliados en EE. UU., porque contradice lo que he leído en varias fuentes. Quizás otro lector haya tenido más experiencia con esto y pueda arrojar algo de luz al respecto.
Cuando visita los sitios de iShares, UBS ETF y CS ETF, se le solicita su dirección fiscal. Prueba a mirar los domicilios de los fondos según sus objetivos, normalmente concuerda con lo que indicas en el artículo. En total debería serlo en la mayoría de los casos.
Por lo tanto, normalmente el problema fiscal no es tal, como siempre. Los inversores se preocupan demasiado por estas cuestiones, cuando sería mejor que se preocuparan primero por lo que están comprando. En este caso, con un ETF, la mayoría de las veces compras cualquier cosa. Por no hablar de los gastos de gestión, o de su práctica ausencia porque la ETF practica el préstamo de valores, una práctica arriesgada y cuestionable. No digo que debas evitar los ETF, yo mismo los tengo para posiciones de diversificación de activos. Sólo digo que los ETF no deberían constituir una cartera central (excepto quizás para un principiante) y que la elección del activo subyacente y las tarifas es más importante que el domicilio (especialmente porque, en principio, como hemos visto, los emisores de ETF son lo suficientemente amables como para ofrecernos los vales).
ENTONCES
1) elige cuidadosamente lo que quieres comprar (activo/mercado)
2) tarifas
3) domicilio/impuestos
El punto número 1 es el más difícil de determinar, pero también el que puede aportar más... Por el contrario, aunque tengamos el ETF más optimizado desde el punto de vista fiscal, seguiremos perdiendo dinero si el subyacente se "hunde".
Jérôme está completamente de acuerdo, y por eso también prefiere comprar acciones en lugar de la versión "popurrí" con todo y cualquier cosa dentro.
Los ETF me parecen prácticos para temas complejos (como la biotecnología), las materias primas o para invertir de forma diversificada en determinados países emergentes.
Las acciones son de Saint-Emilion; ETF, ¡una broma! 😉
@dividinde
Entonces, efectivamente, solo estaba hablando de invertir a través de un corredor extranjero como Interactive Brokers. Y eso es sólo si completa el formulario W8-BEN, que debería estar disponible en los grandes corredores. Puedo confirmar que solo se retienen 15% de mis dividendos en mis ETF estadounidenses.
Y probablemente sea cierto que la mayoría de los suizos invierten directamente a través de un corredor suizo. Véase incluso los ETF suizos.
El Sr. Q.P.D. también habló sobre esto en su blog (https://retireinprogress.com/etf-101/), en Inglés.
Buen día,
Al invertir en un ETF estadounidense, el ingreso neto con un corredor suizo es idéntico, pero el camino para llegar allí es diferente.
Al firmar un W-8BEN (siempre que el corredor suizo ofrezca esta opción), el impuesto de fuente estadounidense se reduce de 30 a 15%. Sin embargo, el intermediario calificado aplica una retención en origen (RSI) adicional de 15% (https://www.estv.admin.ch/dam/estv/fr/dokumente/verrechnungssteuer/merkblaetter/s-02-142.pdf.download.pdf/f02142.pdf).
En consecuencia, el dividendo estadounidense todavía está gravado a 30%, pero el impuesto completo (15%+15%) es recuperable en la declaración de impuestos. 15% solicitado bajo el convenio de doble imposición (CDI) CH-US y 15% bajo el RSI.
Por lo tanto, esto hace que los ETF estadounidenses sean más eficientes desde el punto de vista fiscal. Irlanda ocupa el segundo lugar porque la tasa del CDI prevé una tributación de los dividendos estadounidenses de 15% (el CDI se está revisando actualmente... no estoy seguro de si durará). En el segundo nivel, los dividendos pagados por el ETF al inversor suizo no tributan en origen (como se explica en el artículo). Por tanto, los 15% se pierden definitivamente.
Luxemburgo es el país menos eficiente desde el punto de vista fiscal porque no existe ningún CDI con EE.UU. Dividendos gravados a 30%. En el segundo nivel, los dividendos pagados por el ETF al inversor suizo no tributan en origen (como se explica en el artículo). Por tanto, los 30% se pierden definitivamente.
Queda la alternativa de invertir en ETF cuya replicación del índice sea sintética (puede basarse en una rentabilidad total bruta, por ejemplo), pero los riesgos no son los mismos.
Gracias Guillaume por esta información adicional tan detallada 🙂
Buen día,
gracias por toda esta información! Si no he entendido bien, los ETF más eficientes desde el punto de vista fiscal para un residente en Suiza serían los ETF domiciliados en EE. UU. (por ejemplo, Vanguard VT). No importa si los compras en Degiro o en IB, ¿en ambos casos puedes recuperar 15% + 15% por diferentes medios? Lo siento, sólo para estar seguro :)
Guillaume habla del caso en el que el corredor es suizo. Con un broker extranjero, como IB, es más sencillo, sólo existe la retención estadounidense de 15%. El resto será gravado por las autoridades fiscales suizas durante la declaración anual.
Buen día. ¿Este artículo es noticia ya que es de 2019?
De lo contrario, dados los comentarios, me pregunto cuáles son las diferencias fiscales reales entre un ETF suizo, estadounidense, irlandés u holandés. GRACIAS
En mi opinión no hay grandes cambios. La respuesta no es sencilla porque depende de su ubicación, el país de su corredor y los ETF con los que opera. Para los residentes europeos también es necesario tener en cuenta que actualmente existen regulaciones proteccionistas que aparentemente les impiden comprar ETF estadounidenses. Sin comentarios... En resumen, no he cambiado de opinión sobre la cuestión; en mi opinión, la cuestión de los impuestos es secundaria. Es mejor centrarse en el tipo de ETF, luego en la calidad del emisor y las comisiones que cobra, y al mismo tiempo en la liquidez del ETF. Este último punto suele pasarse por alto. Por ejemplo, hay ETF que se replican en varias bolsas de valores, pero con un volumen de negociación claramente insuficiente para realizar transacciones correctamente. La cuestión fiscal viene sólo después, mientras siga teniendo importancia. En general, prefiero comprar ETF en el mercado estadounidense a través de IB, porque hay grandes volúmenes, porque los emisores son fiables, porque los ETF y las comisiones de transacción son bajos, porque la elección de ETF es enorme. Por cierto, sólo pago impuestos por el 15% US, pero de todos modos tendré que pasar por el proceso de presentación de mi declaración de impuestos suiza. Entonces no cambia mucho. A veces también negocio con ETF específicos del mercado suizo y, en este caso, en principio trabajo a través de un intermediario suizo.
Buen día,
Me gustaría estar seguro de haber entendido correctamente si compro un ETF irlandés que tiene 3% de acciones suizas. Entonces, ¿tendría que pagar 15% de impuestos a Irlanda y otros 35% de retención en origen, porque hay acciones suizas en este ETF?
¡Gracias por tu respuesta!
Hola, lamentablemente el autor de este artículo ya no está activo en dividends.ch
No invierto en ETF irlandeses que posean acciones suizas, por lo que no conozco el problema. Sin embargo, en mi opinión, según el Tratado de Doble Imposición entre Suiza e Irlanda, los emisores de ETF irlandeses tienen teóricamente derecho a un reembolso total o parcial de la AI. Queda por ver si hacen valer este derecho y, sobre todo, si lo devuelven a sus clientes.
Para poner todo esto en perspectiva, estamos hablando de un gravamen de 35% que se aplicaría a los dividendos (rendimiento alrededor de 3%) sobre una participación minoritaria de acciones suizas en el ETF (en su ejemplo 3%), es decir, 0,03% en total...