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  • de conformidad con: No se pueden comprar ciertos ETF de EE. UU. en IB (problema de información KID) #423788
    chico
    Partícipe

      Hola, Al igual que usted en mi época, me enfrenté a este problema y por eso pregunté a IBKR sobre el tema, la respuesta fue muy simple: "no olvides que puedes usar las opciones" e inmediatamente me di cuenta de que era suficiente con vender opciones de venta. una o dos horas antes de la liquidación semanal o mensual para poder asignarlos y poner los valores en la cartera. Por supuesto, puedes vender cuando quieras. Por supuesto, debes conocer EL funcionamiento de las opciones, es preferible pero no insuperable en absoluto

      de conformidad con: Fiscalidad de los dividendos #17017
      chico
      Partícipe

        Como estaba un poco enfadado con el boursorama respecto a la solicitud de exención de dividendos a cuenta (que hice y que no fue aplicada por el bourso...), me acerqué directamente a la dirección de la empresa del CDI sobre la cual. Depende y recibí la siguiente explicación sobre el tratamiento fiscal de los dividendos para un residente francés (algunos detalles adicionales se pueden encontrar en 2047)

        Los dividendos generados por participaciones en el capital de empresas constituyen renta imponible, independientemente de que sean empresas francesas o extranjeras.
        El artículo 9 de la Ley de Finanzas para 2013 No. 2012-1509 eliminó la retención a tanto alzado para los dividendos recibidos a partir del 1 de enero de 2013 y la deducción fija anual para los recibidos a partir del 1 de enero de 2012.
        Todos los dividendos están ahora gravados obligatoriamente según la escala progresiva del impuesto sobre la renta,
        Además, están sujetos a una retención obligatoria en origen al tipo del 21 %.
        Este gravamen del impuesto sobre la renta no descargable se aplica en forma de crédito fiscal sobre el importe del impuesto adeudado tras la aplicación de la escala progresiva del impuesto sobre la renta.
        Sin embargo, es posible estar exento, previa solicitud, si los ingresos fiscales de referencia del año anterior no superan un determinado límite máximo.
        1 – Tributación en escala progresiva
        Estos ingresos se declaran por el importe percibido, es decir, una vez deducidos los eventuales gastos de cobro (gastos varios declarados en la casilla 2CA).
        Están gravados según la escala progresiva del IR, de dos formas posibles:
        – Con subsidios
        – Sin reducciones
        a – ingresos elegibles para la reducción 40%
        Se incluyen los dividendos en acciones y los rendimientos de acciones distribuidos por sociedades sujetas al impuesto sobre sociedades o a un impuesto equivalente (u opcionalmente sujetas a este impuesto) que tengan su domicilio social en Francia, en un Estado de la Comunidad Europea o en un Estado o territorio que haya celebrado un acuerdo con Francia para evitar la doble imposición siempre que, desde el 1.1.2009, dicho acuerdo contenga una cláusula de asistencia administrativa con vistas a combatir contra el fraude o la evasión fiscal. Estas distribuciones deberán resultar de una decisión periódica de los órganos competentes de la sociedad.
        b – rentas excluidas de la reducción 40%: tributación del primer euro

        La provisión 40 % no se aplica a las sumas pagadas además de los dividendos, que se presumen ingresos distribuidos.

        Se destinan los siguientes ingresos:
        – Productos distribuidos por determinadas empresas (sociedades de inversión cuya actividad es la gestión de carteras de valores mobiliarios, sociedades de inversión de capital predominantemente variable SPPICAV, sociedades de inversión inmobiliaria cotizadas en el SIIC)
        – Productos distribuidos que no resultan de una decisión regular
        (Utilidades consideradas desinvertidas, distribuciones no deducidas de las utilidades, aumentos de utilidades, distribuciones y remuneraciones ocultas, gastos suntuarios, distribuciones indirectas o encubiertas, anticipos, préstamos o depósitos de socios, honorarios de directores)
        Estos ingresos están sujetos a la escala impositiva a partir del 1er euro.
        Única deducción posible: gastos financieros pagados durante el año
        También están sujetas al impuesto las rentas procedentes de estructuras extranjeras sujetas a un régimen fiscal privilegiado (artículo 123 del CGI), exista o no distribución.
        2 – Retención de impuestos obligatoria de 21%

        a) deducción obligatoria pero ya no voluntaria
        La deducción obligatoria se aplica al importe bruto de los ingresos percibidos, sin deducción de costes,
        Lo liquida la institución pagadora sobre los dividendos a pagar, al mismo tiempo que las cotizaciones a la seguridad social.
        Se deduce del impuesto sobre la renta del año siguiente, en forma de crédito fiscal,
        Cualquier exceso se devuelve.

        Ejemplo: la tasa obligatoria incurrida en 2013 se deducirá del impuesto pagadero en 2014 sobre los ingresos de 2013.

        b) exención de retención en función de la renta
        Pueden solicitar la exención del gravamen las personas físicas pertenecientes a un hogar fiscal cuya renta fiscal de referencia del penúltimo año sea inferior a 50.000 € (contribuyentes solteros, divorciados o viudos) o 75.000 € (contribuyentes sujetos a tributación conjunta).

        De conformidad con el artículo 242 quater del CGI, la solicitud de exención debe realizarse, bajo responsabilidad del contribuyente, antes del 30 de noviembre del año anterior al del pago al establecimiento pagador (que a su vez es responsable del producto a la solicitud). de la administración.
        Toma la forma de una declaración jurada mediante la cual el contribuyente manifiesta que sus ingresos tributarios de referencia N-2 cumplen con las condiciones citadas anteriormente.
        Este certificado debe presentarse a las personas que garantizan el pago de los ingresos.
        Excepcionalmente para 2013, la solicitud podría realizarse hasta el 31 de marzo.
        Para los dividendos e intereses cobrados en 2014, la solicitud de exención de domiciliación bancaria debía realizarse antes del 30 de noviembre de 2013 a la entidad pagadora.

        c) retención de impuestos
        Las rentas percibidas por personas físicas que tienen su domicilio en Francia están sujetas al impuesto sobre la renta. Valor = valor bruto en euros según el tipo del día del pago, después de deducir únicamente el impuesto pagado en el extranjero
        Impacto de los convenios internacionales: la mayoría de los convenios evitan la doble imposición y prevén la deducción del impuesto extranjero del impuesto francés, o un descuento en su lugar.
        Algunos acuerdos prevén el reembolso del impuesto recaudado en la fuente. A falta de acuerdo, no hay imputación sino base imponible = base neta de impuestos ya pagados. Las rentas recibidas en el extranjero deben declararse en el modelo 2047.

        buena lectura Guiño

        de conformidad con: Valuación #17001
        chico
        Partícipe

          Ríete voluntariamente

          de conformidad con: ETF de dividendos #16993
          chico
          Partícipe

            Hola jerome,
            En lo que a mí respecta, no hay problema con el IB, hay soporte en francés con un número gratuito que no necesitaba al abrir, luego me contactó por teléfono una persona que está tratando de determinar el nivel de conocimientos para el uso de las opciones, y por correo electrónico para el origen
            fondos….
            Casi lo olvido,,,, https://www.youtube.com/watch?v=l60LC22DXPY ,,, incluso hay un vídeo de delacretaz en you tube, un tutorial en resumen, para abrir una cuenta.
            Para tradestation, si está interesado, lo mejor es contactar a Paul Marcel de Celtinvest, él lo sabe todo.

            de conformidad con: ETF de dividendos #16991
            chico
            Partícipe

              Todavía no he revisado los documentos del IB pero, por otro lado, eché un vistazo a Tradestation...
              De hecho, completé el W-8BEN al abrir la cuenta.
              Bueno, en este momento en esta cuenta tengo una línea CYS cuyo div. se gravaron con 15% y una línea kmp que incluye div. estaban gravados a 35 %
              KMp es una sociedad limitada maestra de MLP
              el documento que lo informa es: formulario 1042-S,,,,
              Me corresponde a mí incluirlo en mi declaración de Francia 2042 para evitar la doble imposición teniendo en cuenta el convenio fiscal Francia-EE.UU.,,,,,,
              En mi opinión, el hecho de que la cuenta esté en los EE. UU. o en otro lugar no importa (aparte del hecho de que la ley francesa exige que las cuentas se declaren en el extranjero. Lo que importa es el país donde se gravaron primero los dividendos y el país de residencia). del declarante, así como la existencia o no de un convenio fiscal entre ambos,,,,,,,

              Dicho esto, hay una buena publicación en el sitio sobre la tributación de div.

              de conformidad con: ETF de dividendos #16988
              chico
              Partícipe

                He tenido (entre otras...) una cuenta de corredor interactivo y una cuenta de estación comercial durante aproximadamente un año...
                En lo que respecta a IB, estoy satisfecho, aunque siempre podemos criticar. Al abrir la cuenta, hice una transferencia a Citigroup.
                Alemania pero aparentemente la cuenta está domiciliada en IB UK, para comprobarlo porque estamos entrando en el periodo de declaración (soy residente francés)
                Abrí estas dos cuentas porque uso las opciones de vez en cuando,,,,,
                Estuve a punto de abrir una cuenta en swissquote por razones de seguridad jurídica de los valores depositados (a priori en Suiza los valores son propiedad del depositante y no del banco, como a priori es el caso en Francia) Encontré poca información, ,,,
                « » » » » » »Como las acciones no se consideran depósitos, no pueden ser "chipriotizadas" por un gobierno extranjero » » » » » » »
                por lo tanto, la frase anterior me atrae, dada la situación actual los aspectos legales lamentablemente se volverán preponderantes,,,

                Bueno, si puedo informarte más precisamente sobre ib, será un placer.

                de conformidad con: Valuación #16981
                chico
                Partícipe

                  Ok, ¡gracias por su respuesta y su correo electrónico! Me gustaría aprovechar esta oportunidad para pedirte una pequeña aclaración técnica sobre la estrategia de dividendos ex-us. Me he dado cuenta de que no hay ninguna columna para el número de años de dividendos crecientes.

                  ( siempre puedes echar un vistazo en google fin para hacerte una idea ) Guiño

                  chico
                  Partícipe

                    Je remarque que la tendance est à demander l avis de la population tout en dénigrant sa capacité à répondre ,,,, en bref une certaine categorie de la population se considere comme ayant une capacité superieure de jugement par rapport au reste de la population ,,,

                    il semblerait pourtant qu une démocratie se definisse par l acceptation de l individu à décider pour/par lui meme ,,,

                    pour ma part j avais présenté un dossier d immigration ( accepté au final ) pour le quebec il y a un peu plus d une dizaine d années : je peux vous dire que si vous n avez pas : la bonne santé , le bon age , la bonne profession , le bon portefeuille , le bon diplome etc vous n y mettez pas les pieds  ,,,,,

                    En bref ou il y a des frontieres ou il n y en a pas , s il y en a , ca se gere comme le reste ,  si on en est capable ,,,,

                    l afflux de population permet de faire pression sur les salaires ,,,,,,,

                    Dans les medias generalistes , il y a un mot qui revient de plus en plus : corruption  ,,,,, le seul remede sera la montée des

                    taux d emprunt de france tresor sur les marchés , la il seront obligés de lancer un operation nettoyage ( Marc Faber en parlait il y a quelques temps ,,,,,,, ) Guiño

                    de conformidad con: ¿En qué invertir hoy? #16949
                    chico
                    Partícipe

                      Merci de ta réponse sonrisa, j ai profité de la derniere jambe de hausse et coupé la ligne il y a environ 2 semaines , tu fais tourner ton algorythme tous les combien environ ?

                       

                       

                       

                       

                       

                       

                       

                       

                       

                       

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                      de conformidad con: ¿En qué invertir hoy? #16946
                      chico
                      Partícipe

                        Bonjour à tous & meilleurs voeux ,,,

                        je viens de faire un tour sur la strategie ex us div pour la mettre en liste et viens de m apercevoir que ZURN est passée de

                        5 * à 3 * ,,, est ce que Jérome peut m indiquer ce qui a causé ce recul dans le rating ??

                        de conformidad con: Honorarios de corretaje #16868
                        chico
                        Partícipe

                          Hola a todos , sonrisa

                          Me desvío un poco del tema pero bueno,,,, me gustaría saber si alguno de vosotros, siendo residentes en Francia, habéis abierto cuentas en swissquote y hecho transferencias importantes (digamos en el 2-300ke) eso es lo que yo Estoy contando por razones de propiedad legal de los valores y me pregunto si la administración tributaria se opone a cualquier acoso,,,,

                          por el momento tengo cuentas con bourso, IB, Tradestation (las dos últimas para poder usar las opciones)

                           

                          de conformidad con: Stop-loss o no stop-loss #16851
                          chico
                          Partícipe

                            Hello ,

                            Je commence à acheter quelques lignes orientées dividendes et dans l idéal , on souhaite toujours se positionner dans le bas d un canal ascendant , mais bon il y a les imprevus de parcours + ou – violents …. En ce qui me concerne j utilise un put de protection à environ 10 % en dessous du point d entrée pour quelques mois …. On échappe au probleme du declenchement des stops … Ensuite je m efforce de rembourser au maximum la prime par la vente de calls ( il y a d autres moyens ) 

                            Si certains utilisent les options ici , je trouve qu il serait interessant d en discuter … 😉

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